Anuncian mujeres en el estado ‘renta de vientres’
diario.mx - Lourdes Díaz López

Chihuahua— Pese a que el Código Civil para el Estado de Chihuahua no contempla la maternidad subrogada, por lo cual ni está permitida ni prohibida, mujeres ofertan el alquiler de su vientre para gestar hijos de matrimonios que no puedan procrear, se observa en diversos anuncios publicitados en Internet.

El precio en el que las chihua-huenses ofrecen la renta de su matriz va de los 350 mil a los 700 mil pesos.

“Soy casada, tengo 23 años, soy una mujer sana, soy madre y mi esposo está de acuerdo conmigo en rentar mi vientre a pareja estable que no pueda procrear hijos”, cita uno de los anuncios donde se detalla que el dinero lo requieren para una casa.

En otro caso una mujer de 21 años, soltera, anuncia la renta de su vientre y pide como requisito a sus clientes que sean un matrimonio estable.

En México, sólo ocho de los 32 estados han reformado su Código Civil para legislar la maternidad subrogada o renta de vientres.

Se trata de Tabasco, el Distrito Federal, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Hidalgo, Zacatecas y San Luis Potosí.

La diputada local Mayra Díaz señaló que a pesar de que Chihuahua es todavía una sociedad conservadora, el tema de la ‘renta de vientres’ deberá analizarse por especialistas y si es necesario reformar el Código Civil tendrá que hacerse.

“Hasta el momento no sé si hay o no una iniciativa al respecto, pero esta legislatura tendremos que hacerlo si es una realidad que se está dando”, expuso.

Señaló que actualmente si una mujer renta su vientre y a la hora del nacimiento se arrepiente y opta por quedarse con el niño, es legal porque la madre es la que procrea.

En los comentarios adjuntos a los anuncios donde chihuahuenses ofrecen vientres en alquiler, las respuestas de mujeres que no han podido procrear hijos son en general de agradecimiento, es decir, no se ven expresiones de rechazo ni crítica negativa.

En varias de estas notas señalan que no cuentan con dinero para poder pagar una renta de matriz, en tanto que en otros sí hay matrimonios que denotan interés y expresan que están dispuestos a rentar el vientre durante los nueve meses.

La primera entidad en legislar la maternidad subrogada fue Tabasco, que desde 1997 incluyó esta posibilidad en su ley.

En su Artículo 165 establece dentro de los derechos y deberes que nacen del matrimonio que “los cónyuges pueden planificar el número y espaciamiento de sus hijos, así como emplear cualquier método de reproducción artificial para lograr su propia descendencia”.

Agrega: “este derecho será ejercido de común acuerdo por los cónyuges, extendiéndose a aquellas parejas que viven públicamente como si fueran marido y mujer y sin tener algún impedimento para contraer matrimonio entre sí”.

El Artículo 324 indica que también se presumen hijos de los cónyuges los concebidos como consecuencia del uso de cualquier método de reproducción humana artificial.

El Código Civil del Estado de México es aún más explícito. En su Artículo 112 establece que la reproducción asistida a través de métodos de inseminación artificial sólo podrá efectuarse con el consentimiento de la mujer a quien haya de practicarse dicho procedimiento.

También especifica que la mujer casada no podrá otorgar su consentimiento para ser inseminada, sin la conformidad de su cónyuge. Tampoco podrá dar en adopción al menor nacido, mediante este método de reproducción. Así también en su Artículo 113 se indica que no podrá otorgarse el consentimiento de los padres o tutores para la reproducción asistida en una mujer que fuere menor de edad o incapaz.

En el Artículo 114 queda prohibido todo método de reproducción asistida en la mujer, para la procreación de seres humanos idénticos por clonación o cualquier otro procedimiento dirigido a la selección de la raza.

Las direcciones electrónicas donde se anuncian se omiten por respeto a la privacidad de las mujeres. (Lourdes Díaz López/El Diario de chihuahua)

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